Exenciones Tributarias

Exenciones a jubilados y pensionados

Este trámite permite eximir del pago de tasa a la propiedad y obras sanitarias a jubilados y/o pensionados.
¿Dónde lo realizo?

San Martín 598. Dirección de Recursos Tributarios

¿Cuándo puedo realizarlo?

Lunes a viernes, de 7 a 13 horas.

¿Tiene costo?

No tiene costo.

El porcentaje de exención de la tasa a la propiedad será:

  • 100%: si el ingreso familiar no supera el equivalente a dos jubilaciones nacionales mínimas.
  • 70%: si el ingreso familiar supera en hasta un 8% el equivalente a dos jubilaciones nacionales mínimas.
  • 50%: si el ingreso familiar supera en hasta un 17% el equivalente a dos jubilaciones nacionales mínimas.

De obras sanitarias, es del 50%

Requisitos

  • Ser jubilado y/o pensionado.
  • Ser titular de un único inmueble el cual debe estar destinado a casa habitación.
  • Poseer libre de deuda en el inmueble.

Para solicitar la exención por primera vez:

En caso de ser beneficiario y titular del inmueble

  • Documento Nacional de Identidad del titular (DNI).
  • Fotocopia de recibo de jubilación o pensión correspondiente a enero del corriente.
  • Copia de la escritura y/o instrumento legal válido que acredite la titularidad del inmueble.
  • Copia del cedulón de tasa a la propiedad correspondiente a la vivienda por la cual solicita la eximición.
  • Solicitud de exención por duplicado y Formulario A.

Si existe otro ingreso dentro del grupo familiar conviviente, presentar copia de recibos. (Sueldos y/o jubilación/pensión)

En caso de ser beneficiario pero no titular del inmueble:

  • Documento Nacional de Identidad del titular (DNI).
  • Documento Nacional de Identidad del beneficiario.
  • Si el titular se encuentra fallecido, declaratoria de herederos o sentencia de juicio sucesorio o Declaración Jurada de no inicio de Juicio, Libreta de Familia, Certificado de defunción del titular.
  • Solicitud de exención y Formulario B.
  • Fotocopia de recibo de jubilación o pensión correspondiente a enero del corriente.

Actualización para quienes ya están gozando de la eximición:

Para los beneficiarios que sigan cumpliendo con los requisitos necesarios, la renovación será automática sin necesidad de volver a presentar la solicitud anual.
De ser necesario, el municipio podrá requerir documentación adicional para constatar el cumplimiento de los requisitos.

¿Dónde lo realizo?

San Martín 598. Dirección de Recursos Tributarios

¿Cuándo puedo realizarlo?

Lunes a viernes, de 7 a 13 horas.

¿Tiene costo?

No tiene costo.

Pasos a realizar

1

Ir personalmente

Presentate en los box de atención al público, en el edificio central de la Muni. Entregá la solicitud de exención completa y la documentación requerida.

2

Confirmación

Una vez realizadas las inspecciones y analizada la documentación, en caso de estar en condiciones, se realiza la exención correspondiente.

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